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Y a esto lo llaman protección del diseño

Ana Yago, diseñadora ymiembro de la Asociación de Diseñadores de la Comunidad Valenciana (ADCV)
Ser consecuentes con la Ley de la propiedad industrial y, si me lo permiten, apoyar el desarrollo de un tejido empresarial en la Comunidad Valenciana. Usted invierta en imagen. Gaste su dinero en posicionarse. Fomente el diseño en sus productos. La ley no estará con Ud. cuando la necesite.

Hace unos meses la Audiencia de Sevilla condenó a 3 meses de cárcel y poco más de 3.000 euros a dos listillos que fusilaban sin piedad la imagen del toro de Osborne en camisetas, gorras, llaveros y ceniceros para guiris y castizos de pro. De esos del tapete de ganchillo con legionario y gitana encima de la tele.

La citada sentencia venía a remendar un entuerto anterior. Les pongo en antecedentes. Los supuestos empresarios amparaban su derecho a utilizar indiscriminadamente la imagen de marca de Osborne –el toro-, al entender que el astado era un “símbolo nacional” y, cito textualmente al magistrado de lo penal que reconoció el derecho de los plagiadores, “un patrimonio artístico de los pueblos de España, integrado en el paisaje”. Y, olé.

El magistrado de lo penal confundiendo churras con meninas permitía que la imagen de marca de una empresa fuera utilizada por dos espabilados sin abonar ni un céntimo. Y éstos a forrarse los bolsillos con el rollo del “bullfighter” y el “Typical Spanish”. En resumen, que el magistrado dio una lección magistral de conocimiento mercantiles, y ya puestos también la razón a los plagiadores, confirmando una vez más que la Justicia en España es una lotería. Y los presuntos empresarios ampliaron sus horizontes comerciales con posavasos y azulejos cañí, con el toro de Osborne, como no.

Menos mal que a veces la Justicia española se autocorrige, siempre que tengas el dinero y el tiempo suficiente. Y, cinco años después y lo que te rondaré morena, la Audiencia de Sevilla recapacitó. Cogió el toro por los cuernos y donde un juzgado de lo penal dijo digo, ellos dijeron Diego. Los culpables ya han llenado el saco. No irán a la cárcel por pena menor -si no tiene antecedentes-, y la multa de medio kilo equivale a lo que han sacado en un buen fin de semana de los cerca de 300 en los que han disfrutado de la compresión de los tribunales españoles.

Todo esto viene a cuento de otra sentencia de calibre similar. Esta vez más cerquita. La Audiencia de Valencia se desmarcó la semana pasada con una sentencia de las que ayudan mucho a los que trabajan en el cada vez más entretenido mundo de la imagen de empresa.

Imagínense que nos encontramos con un Juez cabal que comprende que la venta de bisutería plagiada a una firma bien reconocida por su imagen –el osito de Tous- es delito contra la propiedad industrial al intentar confundir al consumidor con un producto falso e infringir los derechos de exclusividad de la marca. Delito, dicho sea de paso, merecedor de una condena de seis meses de prisión y unos 1.500 euros de multa. Aunque el comerciante no iría a la cárcel, salvo que tuviese antecedentes previos.

Y ahora, vuelvan a la realidad. Esa sentencia es recurrida. Y la sección segunda de la Audiencia de Valencia revoca la pena y considera inocente al vendedor de bisutería plagiada porque -para el tribunal- sólo puede existir ese delito si el comprador desconoce que es falso y resulta perjudicado por la baja calidad.

O, lo que es lo mismo, que el tribunal permite explícitamente la comercialización y plagio de un producto, y cito textualmente, “cuyo diseño imitaba fielmente el registrado por Tous SL”. Y estima que la culpa no es del vendedor, sino del comprador porque “es de conocimiento general que en el mercado existe toda una gama de productos de imitación de marcas socialmente atractivas y que se adquieren con pleno conocimiento de falsedad”.

Ese toro, que todavía se ve en las carreteras, por no mentar revistas, bares y supermercados de toda España y parte del extranjero, era -y es- la imagen que representa a una empresa licorera. Empresa que, por cierto, corre todavía con los gastos de mantenimiento de las efigies y vallas del torito.

Ese que los presuntos comerciantes reproducían en todo lo que pudiera colocarse al turista incauto. El mismo que el de la susodicha licorera, al parecer desconocida para el Juez. Ese astado, indultado cual ninot de falla, “por presión mediática, social y política”, según recoge la sentencia, al entrar en vigor la Ley que eliminó los mensajes publicitarios al borde las calzadas. Ese. Y no otro. Era el que fusilaban los presuntos empresarios, Sr. Juez de lo Penal. Y a su amigo el oso le ha pasado lo mismo. Aunque sus señorías no lo vean.