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Telecinco se pasa a la alta definición

Comenzó el periodo de pruebas la semana pasada

Telecinco iniciará en la noche de hoy sus emisiones en alta definición tras termianr el periodo de pruebas emprendido la semana pasada. De esta forma se convierte en la primera cadena comercial en poner en marcha los ensayos técnicos previos a la implantación de esta tecnología de última generación y será la primera cadena generalista que emite su programación al completo en HD.

Con la incorporación de esta tecnología H264 estandarizada en la Unión Europea -que viene a mejorar la definición estándar Mpeg2- los espectadores podrán acceder a la oferta completa de contenidos de la cadena, constituida principalmente por espacios de producción propia de entretenimiento e información y series de ficción nacional y extranjera, con la máxima calidad de imagen y sonido que ofrece el mercado. De este modo, continúan las emisiones habituales de los canales (Telecinco LaSiete, Factoría de Ficción y Bonig) a los que se añade otro canal con Telecinco en simulcast (definición estándar y HD) que los espectadores que dispongan de esta tecnología podrán sintonizar a partir de hoy.

Telecinco concluye de esta forma la fase previa al inicio de sus emisiones en HD, que ha incluido la adquisición y adaptación de equipos especializados de la compañía Ericsson para la difusión de la señal en alta definición.

Contencioso con Youtube
Hace dos años Telecinco interpuso una demanda contra YouTube porque consideraba que la plataforma infringía los derechos de propiedad intelectual. Finalmente la decisión judicial ha sido favorable para la plataforma que controla Google al desestimar el juez la demanda de Telecinco y cofnirmar que el sistema de visionado y de emisión de contenido en la red no vulnera la ley.

La sentencia reconoce que, legalmente, Youtube es un intermediario de servicios de alojamiento de contenidos y, por tanto, no puede ser obligado a controlar con carácter previo los vídeos subidos por los usuarios. "En la práctica la decisión judicial supone que son los titulares quienes deben identificar y notificar a Youtube de forma individualizada los vídeos que vulneran sus derechos de propiedad intelectual, para que YouTube pueda proceder a su retirada. Además, YouTube ofrece a los titulares de derechos de propiedad intelectual una herramienta tecnológica gratuita, denominada Content ID, que les permite proteger sus contenidos de forma automática y evitar que sean subidos a la plataforma si así lo desean. Más de 1.000 grupos de comunicación en todo el mundo utilizan en la actualidad esta herramienta de forma efectiva, incluyendo las principales cadenas de televisión" detallan los responsables de Youtube España a través de su blog oficial.

Por su parte Telecinco entiende que la argumentación de la sentencia de los Mercantil nº 7 de Madrid da luz verde para sostener su demanda contra Youtube en la audiencia provincial de Madrid y confirma que ya ha presentado dicha apelación. "Con esta sentencia el juez evita, así, tomar una decisión que hubiera puesto en jaque el negocio nacional e incluso internacional de Youtube y su propietario Google", explican los responsables de la cadena a  través de una nota oficial.

En su sentencia, que no tiene carácter firme, el juez reconoce que “resulta materialmente imposible llevar a cabo un control de la totalidad de los vídeos que se ponen a disposición de los usuarios, porque en la actualidad hay más de 500 millones de vídeos”. En este sentido, añade que “ciertamente, hemos de convenir que no se trata de un procedimiento cómodo y sencillo para la actora, particularmente porque le incumbe la ingrata tarea de rastrear y controlar los contenidos que se alojan en la página web de la demandada”.
 
La sentencia destaca además que Youtube precisa de la intervención de la titular de los derechos para proceder a la retirada de los vídeos: “La verificación de contenido se realiza mediante un programa denominado Video ID, que requiere la cooperación del titular del derecho para que facilite a Youtube los denominados archivos de referencia (referente files) de cada video del que es titular y que desea retirar”.
 
Además, incide nuevamente en que “aquellos titulares de derechos que se entiendan perjudicados por la emisión de cualquier grabación pueden solicitar la retirada de un contenido ilícito mediante la identificación de la URL completa de la página de reproducción de los mismos, junto con una explicación y notificación”.
 
Por último, la sentencia destaca que “probablemente, hay mucho de retórica, de declamación epopéyica en las reiteradas invocaciones de la demandada (Youtube) a ese principio sacralizado de la libertad de expresión y a la pretendida función que en ese contexto afirma desempeñar”.