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Entra en funcionamiento el Código de Conducta de Autocontrol

El código ha sido aprobado por la Agencia Española de Protección de Datos

Entra en vigor el Código de Conducta de Tratamiento de Datos en la actividad publicitaria de Autocontrol, aprobado por la AEPD y que establece una manera de resolver más fácilmente las reclamaciones sobre protección de datos y publicidad que interpongan los ciudadanos. Entidades como Atresmedia (Antena 3), Dentsu Ikea, L´Oreal, Másmóvil, Orange, Procter & Gamble, Telefónica o Vodafone ya se han unido.

El nuevo Código de Conducta se sientan las bases de mecanismos para garantiza la correcta aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El código se aplica a los tratamientos de datos con fines publicitarios o que traten de la publicidad que crean las compañías adheridas, como envío de comunicaciones comerciales, incluidos en los que el interesado se encuentra en una lista de exclusión publicitaria, promociones realizadas con el objetivo de recabar datos personales para usarlos con fines publicitarios, uso de cookies y tecnologías similares para la publicidad comportamental o elaboración de perfiles con fines publicitarios.

Las resoluciones de las reclamaciones que se sirvan de esta vía serán vinculantes a las empresas adheridas de forma voluntaria a este Código de Conducta. La AEPD también podrá derivar a Autocontrol para su tramitación a través de un proceso de mediación, las reclamaciones que reciba contra las empresas adheridas en las áreas cubiertas por el código. La máxima duración será 27 días, después de informar a la Agencia del acuerdo al que se llegue.

El Código lista los diversos mecanismos que permiten a las entidades una responsabilidad activa, mediante la utilización de los servicios de asesoramiento de datos que ofrece Autocontrol.