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Nuevo código ético de la Asociación Española de Agencias de Publicidad en Salud (FORO)

1.      Confidencialidad. La agencia se compromete a asegurar a sus clientes un tratamiento confidencial de toda la información que le es confiada. 

2.      Veracidad. La agencia se compromete a basar su comunicación en aseveraciones justas y verificadas, así como a referenciar con precisión las fuentes utilizadas en estudios científicos, investigaciones de mercado y otras fuentes de información.
 
3.      Marco legal. La agencia se compromete a actuar respetando la legislación vigente sobre publicidad de productos del ámbito de la salud.
 
4.      Capacitación profesional. La agencia se compromete a contar con profesionales en el campo específico de la comunicación publicitaria, con departamentos propios de creación, estrategia, marketing y planificación, con el objetivo de prestar un servicio profesional de alta calidad.
 
5.      Cualificación científica. La agencia se compromete a contar con personal científico, médico y/o farmacéutico, capaz de responder a los requerimientos del cliente de comunicación de salud, así como a actualizar sus conocimientos en las áreas de su competencia.
 
6.      Partnership. La agencia se compromete a prestar sus servicios con total implicación en el desarrollo de la comunicación, de una manera proactiva, como parte involucrada y no como un mero proveedor a demanda.
 
7.      Exclusividad. La agencia, cuando esté a cargo de la marca, se compromete a prestar sus servicios en términos de exclusividad, no pudiendo trabajar con productos de directa competencia, entendiéndose como competidores directos los que compartan principio activo y/o composición.
 
8.      Concursos. En convocatorias de concursos no remunerados, con el objetivo de promover la transparencia agencia-cliente y optimizar la calidad de los servicios prestados, la agencia se compromete a solicitar al cliente el número y nombre de las agencias convocadas, así como el presupuesto orientativo destinado al proyecto objeto de concurso y un plazo lógico de presentación, idealmente de cuatro semanas.
 
9.      Remuneración. La agencia promoverá que una parte de su remuneración sea en base a un contrato de honorarios profesionales sin que esta remuneración quede incluida en otras formas de compensación.
 
10. Propiedad intelectual. La agencia se compromete a reivindicar los derechos de autor que le son propios, remunerándose directamente por ellos, contemplando asimismo el ámbito de aplicación temporal y territorial. En caso de presentaciones no ganadas, la propiedad intelectual del trabajo presentado permanecerá siempre en poder de la agencia.
 
11. Identidad FORO. La agencia se compromete a hacer patente su pertenencia a FORO - Asociación Española de Agencias de Publicidad de Salud mediante la inclusión del logo de FORO en su comunicación corporativa. Este logo constituye la garantía de adhesión al presente Código Ético.
 
12. Difusión. La agencia se compromete a difundir el contenido de este Código Ético entre sus clientes, dentro del normal desarrollo de las relaciones comerciales habituales.
 
Asociación Española de Agencias de Publicidad en Salud (www.forosalud.com)
Constituida en 2008 a partir de la agrupación de agencias integradas en FORO, la Asociación Española de Agencias de Publicidad en Salud incluye a catorce compañías especializadas en publicidad en salud: ByPass Comunicación, Creator, ENE Life, Euro RSCG Life Esquema, Globalhealthcare, HC BCN, innuo, MK Media, Neumann Comunicación, Ogilvy Healthworld Barcelona, Ogilvy Healthworld Madrid, Publicis Life Brands, Saatchi&Saatchi Healthcare y TCC. La misión de la asociación es garantizar la profesionalidad y especialización de los principales actores en el sector de la publicidad en salud, con el objetivo de constituir el sello de Foro como garantía de calidad para clientes y agencias.