Las empresas de comercio electrónico califican de obsoleto el Reglamento sobre la Ley de Protección de Datos
2 de enero de 2008
El directivo de FECEMD también ha hecho mención del “riesgo jurídico que el reglamento significa para las empresas que manejan bases de datos y el perjuicio que, por otro lado, supone para las pequeñas y medianas empresas”. También ha destacado que, si bien albergaba la posibilidad de que el reglamento propiciara un “justo equilibrio entre el derecho de la libre disposición de datos y el ejercicio de la libre empresa”, se ha revelado de una capacidad sancionadora “desproporcionada”, más si cabe cuando se esperaba que “el reglamento permitiera la reducción de la calificación de las sanciones que, tan sólo en 2006, superaron en España el cómputo de todos los países de la Unión Europea juntos”, señala Llairó. Así, el responsable de la organización de Venta A Distancia espera que sea la propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) quien interpretase, con carácter abierto, la nueva norma.
Con esta nueva normativa se verán afectadas numerosas empresas de marketing directo ya que, según un estudio de la misma FECEMD, la facturación total en el mercado de Bases de Datos para marketing directo en España el pasado año 2006 fue de 31,07 millones de euros y un 60,8 % de las empresas españolas declararon realizar actividades de marketing directo ya fuera a través del mailing convencional (89,10%), telemarketing (49,20%) o publicidad con respuesta directa (46,9%).
En este sentido, la Federación Española de Comercio Electrónico (FECEM) organizará el próximo 25 de enero una sesión a la que asistirán directivos de la Agencia de Protección de Datos y expertos juristas para abordar las consecuencias que tendrá para las empresas la aplicación de este reglamento.