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España da un paso más en la protección del consumidor frente a influencers y la publicidad política

A partir de enero del próximo año entrarán en vigor una serie de cambios en la Ley de Comunicación Audiovisual, de Servicios Digitales y Mercados Digitales que perseguirán una mayor transparencia en la publicidad con influencers y la publicidad política

El marketing y promoción de productos con influencers es una tendencia al alza. La facilidad de llegar al público atraídos por el estilo de vida de estas figuras y la alta segmentación que ofrecen, hacen de estas figuras una muy buena opción para las marcas a la hora de promocionar productos. En un entorno donde el consmo de contenidos está altamente digitalizado y donde las redes sociales suelen ser las principales fuentes de información para el español medio.

Sin embargo, hasta ahora la publicidad no era del todo clara y podía ser catalogada, en algunos casos, como publicidad encubierta. Es por ello que a partir de 2024 será obligatorio para los definidos en la ley como ‘usuarios de especial relevancia’ etiquetar los posts como anuncios de manera clara y visible. Se acabó recurrir a la etiqueta #ad al final de la descripción de una fotografía en Instagram. Cuando un contenido sea catalogado como publicidad, este deberá ser etiquetado como tal de forma clara y cumplir con la normativa de publicidad.  Esta ha sido una de las principales conclusiones del primer foro legal de la FEDE, poniendo el foco en el marco regulatorio en el que se tiene que desenvolver la industria en España y Europa. Con esta reforma a la Ley de Comunicación Audiovisual y la publicación del código sobre el uso de influencers en la publicidad por parte de la Asociación de Empresas de la Comunicación (FEDE) se busca una mayor transparencia, protección al consumidor y regular la actividad de estos personajes públicos. 

Aún así, esta norma no tendrá valor jurídico hasta que se defina que es un usuario de especial relevancia, ya que aún queda por determinar qué parámetros son los que otorgan a estas figuras esa especial relevancia: número de seguidores, importancia en redes, plataformas que utilicen…  

Por otra parte, en el citado foro de la asociación sectorial, además de estos cambios en la normativa sobre influencers, también se presentaron otras reformas. Entre ellas, las incluidas en materia de publicidad de carácter político. La Unión Europea sustituye el término de propaganda por el de publicidad política debido a las connotaciones negativas de la palabra. También cabe destacar que se prohibirá la microsegmentación (por razones de raza, orientación sexual, ideología…), la financiación de publicidad política en Europa no podrá provenir de países no europeos, se creará una base de datos pública con información sobre el pagador de la publicidad y el origen de la misma y por último, se establecerá un nuevo marco de sanciones. 

Otro de los cambios que tendrán lugar en 2024, será la ilegalidad de las llamadas comerciales no deseadas o automáticas, si no hay un previo consentimiento informado o una relación contractual previa en el último año. Además, los productos que nos ofrezcan en estas llamadas deberán ser similares a los que iniciaron esa relación contractual. 

Por último, en la nueva guía AEPD se determina que, en materia de navegación y protección de datos en la red, se deberá añadir un botón igual de accesible que el de ‘aceptar’ que permita rechazar todas las cookies de una pagina web. Debe estar en el primer nivel de la navegación y se sancionarán los patrones de diseño engañosos. Las webs tienen hasta el once de enero del 2024 para implementar el cambio.