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La CNMC sanciona con 203.508 euros a CRTVE por exceso de autopromociones

Se confirma la decisión de Competencia de sancionar económicamente al ente público al considerar que supera el tiempo permitido para promocionar contenidos propios de sus cadenas
 
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con 203.508 euros a la Corporación de Radio Televisión Española (CRTVE) por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones e interpretar que vulbera el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que establece que “para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial”.
 
A pesar de que el organismo detextase las infracciones el pasado mes de marzo en sus canales de televisión La1 y La2, la CNMC no ha terminado el expediente sancionador hasta hoy. Contra esta decisión CRTVE podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.